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La Consult avala la regulación de la explosión de turbulencias de casos payés en Ibiza

La conselleria balear de turismo alegó que este reglamento invadía sus competencias, con el argumento de que la regulación de la comercialización turística de las casas payesas, al margen del Plan Territorial Insular (PTI) o ONU Plan de Intervención de Viviendas Interiores (PIAT), que está pendiente aún de aprobación en Ibiza, es una función propia de la Comunitat Autònoma. También defendía que el Consell no podía aprobar un reglamento sobre aquello que ya fue reglamentado anteriormente por el Govern balear.

Sin embargo, el dictamen del Consell Consultiu, el último trámite para la aprobación definitiva del reglamento y que es preceptivo y vinculanteconcluye que «no cabe duda» de que el Consell de Ibiza «tiene potestad reglamentaria suficiente»De conformidad con el Estatuto de Autonomía para regular las agroestancias (alojamiento se seis plazas en explotaciones agrarias preferentes) y el alquiler de hasta tres habitaciones en casas payesas.

El Consultiu señala que esta actividad se enmarca en lo que es la ordenación turística, que es competencia de la institución insular. Agrega que la ultima reforma la ley turistica (el reciente decreto ley 3/2022 de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo en Balears) «refuerza el carácter insular de la ordenación turística, lo cual, en concordancia con el Estatut d’Autonomia, permite a cada consell insular la fijación de políticas propias».

El vicepresidente primero del Consell, mariano juan, destaca «la importancia» de este punto del dictamen porque determina «de forma relativamente diáfana, las competencias del Consell y del Govern». «Es muy importante para mi defensa de nuestra autonomiasino también para los otros consejos porque fija una doctrina en ordenación turística».

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Tal como publicó este diario, el Consultiu indica que la reforma turística apuntada ha dejado en suspenso la adquisicion de plazas turisticas y el intercambio entre particulares, lo cual es imposible que se puedan comercializar estancias turísticas en explotaciones agrarias y casas payesas. Ahora bien, esto no impide la tramitación del reglamento porque la moratoria es «una norma limitada en el tiempo, con un máximo de cuatro años».

La sencillez de la burocracia

Lo truculento del registro se refresca y diversifica medidas reducir trámites administrativoscomo la supresión de la obligación de tramitar en el Consell la cédula de habitabilidad (este trámite se incorpora a la licencia municipal de ocupación o primera utilización) o la simplificación de la tramitación de las cédulas de renovación y carencia, que ya no hará falta pedirla en el Ayuntamiento, sino que bastará con una certificación de presentación técnicamente competente. El dictamen avala que el Consell delegue en los ayuntamientos el otorgamiento de las cédulas de habitabilidad.

También se elimina en el reglamento la tramitación de una licencia (se sustituye por una comunicación previa) para obras de reforma o consolidación de viviendas que no estén catalogadas o se encuentra en suelo rústico protegido. En este caso se le permite trabajar en una mayordomía con una precomuna, lo cual, según Mariano Juan, facilita la cizaña de conservación de casas payesas.

El dictamen del Consell Consultiu califica de «loable» la apuesta de la máxima institución de Ibiza de simplificar los trámites burocráticos




El Consultiu califica de «Loable» la apuesta del Consell por la simplificación de los tranvías administrativos. En todos los casos, dictamen da el visto bueno al reglamento, pero requiere una serie de correcciones de carácter esencial (de obligado cumplimiento) y no esenciales, relativas a cuestiones técnicas. Así, considera insuficiente analisis del impacto economico que tendrá la aplicación del reglamento. Por ello, deberá «completar y detallarse este estudio».

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También exige que, en el apartado de las comunicaciones previas, se regule el supuesto en que la actuación sea contraria a la ordenación urbanística y se deje constancia de que si transcurre el plazo para notificar la detección de deficiencias esto no supone la convalidac ilegal. También se debe especificar que la inexactitud, falsedad u omisión de datos esenciales en la comunicación previa determinará la imposibilidad de seguir con las obras cuando se les comunique.

Sobre la simplificación de trámites sobre las intervenciones arqueológicasel Consultiu destaca que la supresión del silencio estimatorio (previsto inicialmente en el reglamento), aunque se reduzca el plazo para que la Administración resuelva y lo notifique, «diluye la mayoría de críticas» y alegaciones que el Consell recibón des la «del patrimonio arqueológico».

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