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La Audiencia Provincial de Baleares da luz verde al requerimiento de pago de las tasas de apertura

Buenas noticias para prestatariosLa Audiencia Provincial de Baleares dio luz verde a solicitar los gastos de apertura de hipotecas en sentencia de 13 de abril. Se trata de un cambio de criterio, ya que el Tribunal Supremo había planteado dudas al respecto al aplicar un criterio más restrictivo. Pau A. Monserrat, socio economista de Futur Legal, explicó que, según el apartado quinto, «la exigencia de transparencia no se limita a su comprensibilidad en el plano formal y gramatical, sino que debe entenderse de forma global para que el consumidor pueda comprender las consecuencias económicas de la cláusula».

Aunque la Sala reconoce que entre prestatarios puede existir un conocimiento conocimiento generalizado de cláusulasEl hecho de que la cláusula sea clara e inteligible no puede tenerse en cuenta al apreciar la claridad e inteligibilidad de la cláusula». Por lo tanto, cada caso en cuestión debe analizarse de modo que «el hecho de que una cláusula sea clara e inteligible no pueda tenerse en cuenta al apreciar la claridad e inteligibilidad de la cláusula». consumidor Debe advertirse al consumidor de que se le están cargando gastos de investigación que el prestamista estaba obligado a soportar anteriormente por ley, como los relativos a la obligación de evaluar la solvencia del consumidor.

La Audiencia Provincial de Baleares subrayó que el gastos de estudio, concesión y tramitación del préstamo hipotecario, u otros similares inherentes a la actividad de concesión de la hipoteca, son costes que pueden o no repercutirse o trasladarse al cliente en el precio de la cuota de intereses. Sin embargo, para que no se consideren abusivos, la imputación separada de estos costes debe corresponderse con un servicio efectivamente prestado. En consecuencia, el banco debe probar que ha prestado un servicio y qué servicios ha prestado, pues de lo contrario trasladaría al consumidor su actividad de prestamista, que está legalmente autorizado a prestar.

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«Con esta sentencia, todo tribunal debe analizar y valorar, en función de todos los hechos relevantes, si el banco, en el caso concreto de cada consumidor, cumplió con los requisitos de transparencia: es decir, si se facilitó información suficiente, cuál fue la información revelada y qué información se facilitó en el proceso de negociación con el cliente», resumió Monserrat. En este sentido, argumentó que «la comisión de apertura es un tipo de comisión que se cobra como porcentaje del importe total del préstamo y que no es ilegal, pero es cuestionable y puede ser declarada abusiva por falta de transparencia si el banco no ha hecho bien su labor de información». En su opinión, «es preferible, para proteger los derechos de los consumidores, que el banco no cobre comisión de apertura y cargue el coste que considere en el interés hipotecario». De hecho, la mayoría de los bancos ya no las cobran. Para quienes las hayan pagado en el pasado, Monserrat recomienda que «un abogado especializado analice caso por caso, para valorar si es posible tomar represalias contra el banco».

El Tribunal Supremo planteó dudas

El citado economista señaló que el criterio de la Sala Quinta ya era favorable al consumidor antes de esta sentencia, ya que aplicaba directamente la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 16 de julio de 2020. Sin embargo, «esta nueva sentencia pone fin al debate abierto por el Tribunal Supremo en Baleares».

En este sentido, añadió que «la Tribunal Supremo generado dudas sobre esta cuestión en la Sentencia del Pleno 102/2019, de 23 de enero, aplicando un criterio restrictivo. Esto permitía a las entidades financieras, como regla general, presentar un gran número de recursos de apelación y de casación en todos los casos relativos a la remuneración del convenio. El Tribunal de Casación confirmó la validez de la cláusula resolutoria sobre la base de la transparencia material y estimó que el control de contenido era improcedente, ya que la cláusula resolutoria se consideraba un componente sustancial del precio. Se consideró que era, junto con la remuneración de los intereses, un elemento esencial del contrato de préstamo o hipoteca».

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Cabe recordar que «el Tribunal Supremo consideró que, tras la respuesta dada por el Tribunal de Justicia a dos cuestiones prejudiciales, hubo diferentes lecturas de la sentencia y esto abrió un profundo debate en todas las audiencias provinciales de España. En este contexto, el propio Tribunal Supremo dictó un auto en el que planteaba una nueva cuestión prejudicial al TJUE el 10 de septiembre de 2021″.

El citado economista afirmó que, «tras un largo recorrido procesal, el TJUE dictaminó el 16 de marzo de 2023 que esta cláusula no define el objeto principal del contrato (el precio) y, por tanto, el control de transparencia material. En consecuencia, debe analizarse si se ha incorporado al contrato de forma transparente para valorar si es abusiva. Cuando hablamos de control de transparencia, nos referimos a si el consumidor tuvo la oportunidad, al firmar el contrato hipotecario con el banco, de conocer de forma real las consecuencias y la forma de pago. cargas económicas para suscribirla. Es decir, si el banco fue debidamente informado del coste de suscribir esta cláusula».

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Periodista en Gaceta Balear

Marc García es un periodista español que lleva más de 30 años trabajando en el campo del periodismo. Ha trabajado como periodista en varios medios de comunicación, como la televisión, la radio y la prensa escrita. También ha trabajado como periodista independiente.

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Marc García estudió periodismo en la Universitat Pompeu en Barcelona. Tras sus estudios, comenzó a trabajar como periodista en el diario El Mundo. Después trabajó como reportero en el canal de televisión Antena 3.

En 2006, Marc García comenzó a trabajar como periodista independiente. Ha escrito artículos para varios periódicos y revistas, como El País, El Periódico, y La Vanguardia. También ha escrito artículos para la página web del periódico español El País.

En 2011, Marc García ganó el Premio Nacional de Periodismo por su trabajo como periodista independiente.

Actualmente, Marc García trabaja como periodista en el diario GacetaBalear. También es periodista independiente y escribe artículos para varios periódicos y revistas.

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